. . .VISTO
La nota presentada por el Secretario del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Salto, Sr. Francisco Dordoni ante esta Secretaría; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por la misma solicita autorización para poner en circulación 2500 Bonos Contribución, a los efectos de sostener dicha Institución;
. . .POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º – Autorízase al CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SALTO, a la puesta en circulación y venta de DOS MIL QUINIENTOS (2500) BONOS CONTRIBUCION, a un valor de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) cada uno, pagaderos en TRES (03) CUOTAS iguales y consecutivas de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) cada una.-
ARTICULO 2º – La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución.-
ARTICULO 3º – La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º – Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación.-
ARTICULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintisiete días del mes de Diciembre del año dos mil veintitrés.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de Diciembre de 2023. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 29 de Diciembre de 2023.-