… VISTO
El Expediente Nº 008-E-2024 o 4099-39033/23 iniciado por Mensaje Nº 229/23 y;
. . . CONSIDERANDO
Que a fojas 1-2 se inician las actuaciones a raíz de la intervención de la Dirección de Educación del Municipio dando cuenta de la rúbrica de un Convenio Marco de Asistencia Técnica y/o Capacitación con la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (UBA);
Que a fojas 3-4 obra el Convenio mencionado precedentemente, cuya finalidad es según su primera cláusula, “la realización de actividades conjuntas entre las partes relacionadas con cursos de capacitación, trabajos de investigación, asistencia técnica y asesoramiento técnico por parte de la Facultad a la Municipalidad en aquellos temas vinculados con las incumbencias de las carreras dictadas en la Facultad”;
Que asimismo el mentado acuerdo señala que las partes no se encuentran obligadas a realizar erogaciones en el marco de sus disposiciones y que la vigencia del mismo será de 3 (tres) años;
Que en el curso de las actuaciones han tomado conocimiento de la existencia del convenio y no presentaron objeciones las Direcciones de Contaduría y Presupuesto, así como también la Direcciones Médico y Administrativa del Hospital Municipal y la Jefatura de Personal;
Que a fojas 14 mediante el Dictamen N.º 2331/23, la Asesoría Letrada Municipal manifiesta que “conforme a lo establecido en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades” cabría dar intervención a este Departamento Deliberativo para oportunamente se expida sobre la convalidación del convenio;
Que a fojas 17-18 obra la Resolución Nº 3160/2023 del Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la UBA, acto administrativo que convalida nivel del decanato de la casa de altos estudios el acuerdo que da origen a las presentes;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de Salto en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1° – CONVALÍDASE en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Salto y la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (UBA), obrante a fojas 3-4 del Expediente N.º 008-E-2024 o 4099-39033/23.-
ARTICULO 2° – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese. –
ENTRADAS
Ingresado como Asuntos Entrados en Sesión Ordinaria de fecha 05 de Marzo de 2024 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos. –
SALIDAS
El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Marzo de 2024.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Marzo de 2024.-