El Expediente Nº 258-E-2020 iniciado por Mensaje Nº 151/2020 del Departamento Ejecutivo; y

 

…CONSIDERANDO

 

QUE por el mismo la Sra. Andrea Cecilia Garaventa solicita autorización para escriturar a su favor el inmueble identificado catastralmente como CIRC II, SECC A, CH 25, MZ 25s, parcela 14;

QUE con fecha 30/12/2020 este Departamento Deliberativo sancionó la Ordenanza Nº 191/2020 autorizando la escrituración de dicho inmueble a favor de la Sra. Garaventa y de su concubino Sr. Barbagallo Ariel Tomás;

QUE a fojas 36 obra una nota remitida al Municipio por la Sra. Garaventa donde manifiesta que su concubino ha fallecido el día 22/08/2023, por lo que solicita para dar continuidad al trámite de escrituración se incluya en la titularidad de la vivienda a los cuatro hijos habidos de su relación con el extinto;

QUE a fojas 43 se incorpora al expediente copia del Acta de Defunción del Sr. Barbagallo, emitido por la Delegación Salto del Registro Provincial de las Personas;

QUE a fojas 49/52 obra una encuesta social llevada a cabo el 31/05/2024, de cuyo resultado se desprende que la Sra. Garaventa y sus cuatro hijos cumplen con el requisito de la ocupación permanente del inmueble, a la vez que justificaría el carácter social de la escrituración, oportunamente invocado por los tramitantes;

QUE para dar continuidad al pedido de escrituración que es objeto de las actuaciones resultaría necesario modificar y/o derogar previamente la Ord N.º 191/2020;

 

…POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º:  DERÓGASE la Ordenanza Nº 191/2020.-

 

ARTICULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a suscribir la Escrituración de la Vivienda Nº 40 del Barrio 63 Viviendas “Cooperativa Jóvenes Familias para la Vivienda Limitada” de la ciudad de Salto, identificada catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN II, SECCIÓN A, CHACRA 25, MANZANA 25s, PARCELA 14, Partida Inmobiliaria 21.987, según Plano de Mensura y División N.º 67-13-2018, a favor de GARAVENTA, ANDREA CECILIA, D.N.I N° 25.137.463, BARBAGALLO, GIULIANA, D.N.I N° 43.865.306, BARBAGALLO, AGUSTINA, D.N.I N° 48.933.786, BARBAGALLO, BAUTISTA, D.N.I N° 51.331.412 y BARBAGALLO VIRGINIA, D.N.I  N° 52.714.046 . –

 

ARTICULO 3º: DECLARÁSE de INTERÉS SOCIAL la Escrituración del inmueble mencionado en el artículo precedente, la que se llevará a cabo a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. –

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese. –

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Asuntos Entrados en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril de 2024 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas. –

 

SALIDAS

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 26 de junio de 2024.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de junio de 2024.-