. . .VISTO

La nota presentada por el Presidente del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Salto, Sr. Gabriel Caratán ante esta Secretaría; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por la misma solicita autorización para poner en circulación 2500 Bonos Contribución, a los efectos de afrontar los gastos mínimos necesarios de terminación de la obra del nuevo cartel;

 

. . .POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º – AUTORIZASE al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Salto, a la puesta en circulación y venta de dos mil quinientos (2500) bonos contribución.-

 

ARTICULO 2º – La Entidad solicitante deberá cumplir los requisitos del Artículo 19º de la Ordenanza Nº 014/96: de los Bonos Contribución. –

 

ARTICULO 3º – La Entidad solicitante deberá rendir Cuentas al finalizar esta Campaña, ante este Concejo Deliberante. –

 

ARTICULO 4º – Comuníquese a la Entidad Organizadora la prohibición de sorteo de Premios de ninguna naturaleza, haciéndose pasible de las sanciones previstas en la legislación vigente, en caso de verificarse la violación de tal situación. –

 

ARTICULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese. –

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los trece días del mes de Noviembre del año dos mil veinticuatro. –

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADA Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Octubre de 2024 como Correspondencia Fuera de la Orden del Día y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos. –

 

SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Noviembre de 2024. Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 14 de Noviembre de 2024.-