. . . VISTO

QUE se ha regulado la actividad sobre el arbolado urbano mediante un Plan Regulador del Arbolado Urbano 2010 de la ciudad cabecera y localidades que conforman el distrito de Salto y se ha logrado unificar la regulación de las actividades de plantación, poda y reforestación de las calles en concordancia con la Ley Provincial N° 12.276 y su Decreto Reglamentario en contemplación de las interferencias que se originan entre las plantas del arbolado urbano y los servicios subterráneos (gas, agua corriente, desagües cloacales, etc.), como así también respecto del espacio existente en las veredas sumamente variables en su ancho y construcción; y

. . .CONSIDERANDO

                  QUE luego de un tiempo de implementación se han ajustado algunas técnicas y se presenta la necesidad de manifestar la continuidad del Plan Regulador;

                  QUE se han logrado avances en materia de renovación del arbolado y resolución de reclamos de muchos años, pero que aún siguen siendo numerosas las demandas por parte de los vecinos;

                  QUE, por cuestiones operativas y de infraestructura, el ordenamiento y renovación del arbolado de alineación, las calles y avenidas no satisfacen aún en tiempo y forma el total de demandas por parte de los vecinos;

                 QUE la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos ante urgencias por parte del vecino y la imposibilidad por parte del municipio de resolver en forma inmediata el reclamo realizado mediante el informe pertinente de la Dirección de Espacios Públicos, autoriza al vecino a realizar actividades sobre el arbolado urbano;

              QUE la ciudad de Salto presenta un gran crecimiento en cuanto a construcciones, renovaciones y reparaciones de viviendas, lo que hace aumentar la demanda de soluciones con respecto al arbolado que de alguna manera afecta a las viviendas y servicios públicos;

             QUE del considerando precedente es necesario contemplar mediante ordenanza la continuidad y actualización del Plan Regulador del Arbolado Urbano reafirmando los principios establecidos en la Ordenanza N° 180/2009 y N° 181/2009 con algunas modificaciones;

            QUE, en virtud de todo lo expuesto, la Dirección de Espacios Públicos a fs. 2/105 de este Expediente presenta el Proyecto de modificación de la Ordenanza N° 181/2009, Proyecto de Ordenanza de aprobación del Plan Regulador del Arbolado Urbano 2025-2029 y Ordenanzas N° 180/2009 y N° 181/2009;

           QUE la Dirección de Ambiente toma conocimiento y no encuentra objeción alguna;

QUE la Dirección de Asuntos Legales solicita que se giren las actuaciones a la Dirección de Planeamiento a los fines que tome conocimiento de dicha solicitud e informe al respecto;                                

QUE la mencionada Dirección considera oportuno la aprobación del Plan Regulador del Arbolado Urbano;

QUE este Honorable Cuerpo solicita a la Dirección de Asuntos Legales que se manifieste si existe superposición por lo dispuesto en las Ordenanzas N° 180/2009 y N° 181/2009 y lo legislado en materia de arbolado urbano (Art. 81° a 91°) en la Ordenanza Municipal N° 297/2018 del P.O.U.T;

QUE la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Espacios Públicos en conjunto con la Dirección de Espacios Públicos informan que, luego de un análisis minucioso realizado por profesionales en la materia se llegó a la conclusión que no hay tal superposición;

                    QUE la Dirección de Asuntos Legales estima que se encontrarían reunidas las condiciones para remitir las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante;

 

…POR ELLO

                     El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º – La presente Ordenanza tiene por finalidad dar continuidad y actualizar el Plan Regulador Urbano 2025-2029 con la finalidad de proteger el arbolado público, reglamentando los requisitos técnicos y los trámites a los que se ajustará la plantación, conservación, erradicación y reimplantación del mismo en el partido de Salto, de acuerdo a la Ordenanza N° 180/2009.-

 

ARTICULO 2º – Apruébese el Plan Regulador del Arbolado Urbano 2025-2029, de acuerdo a la Ley Provincial N° 12.276, su Decreto Reglamentario N° 2386/03 y la Ordenanza N° 180/2009, obrante a fojas 14/31 del Expediente N° 4099-25884/09 ALC I o 192-E-2024 y su anexo denominado “Bases para el Manejo del Arbolado Urbano de Salto” incorporado a fojas 60/89 del expediente mencionado precedentemente. –

 

ARTICULO 3° – Modifíquese el Artículo N° 9 de la Ordenanza N° 180/2009 el cual deberá quedar redactado de la siguiente manera:

 “La plantación estará a cargo del municipio y de manera excepcional (cuando por alguna razón no pudiera realizarlo el municipio) por instituciones y/o particulares que hayan cumplimentado con el requisito de solicitar el asesoramiento y autorización por escrito a la Dirección de Espacios Públicos. En caso de plantaciones no contempladas en el Plan de Forestación y Reforestación, la Municipalidad con fundamentación técnica por escrito, podrá disponer su eliminación o reemplazo sin que ello otorgue derecho a reclamo alguno”. –

 

ARTICULO 4° – MODIFIQUESE el Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 180/2009 el cual deberá quedar redactado de la siguiente manera:

“Facultad de los frentistas. Solo en situaciones excepcionales en las que el Municipio no disponga en el momento o en un corto plazo de la especie correspondiente, los propietarios frentistas podrán plantar árboles de acuerdo al plan elaborado por la autoridad de aplicación y a las especificaciones técnicas para el plantado y conservación de árboles que figuren en el Plan. Dichas especificaciones estarán a disposición del público en la Dirección de Espacios Públicos de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos”. –

 

ARTICULO 5° – MODIFIQUESE el Artículo N° 28 de la Ordenanza N° 180/09 que quedará redactado de la siguiente manera:

“Renovación: se establecerán planes de renovación del arbolado urbano para aquellas especies que por su desarrollo de raíces y altura que ocasionaren inconvenientes en veredas y/o propiedades. Por lo tanto, se establecen edades máximas para ser conservados, pasada la cual deberán ser reemplazados por otro ejemplar de la misma especie:

25 años para Robinia pseudoacacia (acacia blanca, acacia bola, acacia casque rouge, acacia Frisia); Albitzia julibritzin (acacia de Constantinopla), Catalpa bignonioides (Catalpa), extendiendo a 30 años si las condiciones de la planta son buenas y justifican su conservación.

45 máximo 50 años para Fraxinus sp. (fresno americano, fresno europeo, fresno dorado).

45 máximo 50 años para Platanus x acerifolia (plátano).

Exímase de este requisito a los ejemplares que no ocasionen riesgos para el mantenimiento de veredas y espacios públicos, ni se vea comprometida su estructura física”. –

 

ARTICULO 6° – MODIFÍQUESE el Artículo N° 39 de la Ordenanza N° 180/2009 el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“La Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos no aprobará plano alguno de edificación, refacción o modificación de edificios cuyos accesos vehiculares o cocheras sean proyectados frente a árboles existentes. La solicitud de permiso de edificación de obra nueva, refacción o modificación obliga al proyectista y al propietario a fijar con precisión los árboles existentes en el frente, no siendo causal de su erradicación el proyecto ni los requerimientos de la obra.

En casos excepcionales y cuando la disposición de los árboles fuese tal que su extirpación se hiciera imprescindible, el Departamento Ejecutivo, previo informe que al respecto emita la Dirección de Espacios Públicos, definirá al respecto. En ese caso, la extracción de los ejemplares en cuestión correrá exclusivamente por cuenta del solicitante, otorgándole una autorización para la extracción de manera particular”. –

 

 ARTICULO 7° – MODIFÍQUESE el Artículo N° 41 de la Ordenanza N° 180/2009 incorporando un último párrafo el cual deberá ser redactado de la siguiente manera:

“La Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, previa evaluación técnica de la Dirección de Espacios Públicos, dictará en cada caso una resolución autorizando o denegando el pedido de extracción.

Por cada árbol cuya extracción autorice la Dirección de Espacios Públicos, el frentista deberá reponer 2 (dos) de la especie que corresponda a esa calle y deberá plantar el o los que correspondan (según la especie) en la vereda y el /los que sobren serán utilizados por la Dirección de Espacios Públicos en planes de reforestación.

La Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos autorizará a un particular o empresa a realizar la/s extracción/es solicitada/s solamente en caso excepcional cuando por razones operativas o coyunturales la Dirección de Espacios Públicos no pueda realizarlas en tiempo y forma conforme a las necesidades planteadas por el particular o empresa, siempre y cuando cuente con el debido informe de dicha Dirección corroborando la necesidad de extracción”. –

 

ARTICULO 8° – Modifíquese el art. 37 de la Ordenanza 180/09 que quedará redactado de la siguiente manera:

“Créese la comisión dependiente de la Dirección de Espacios Públicos, a llamarse Consejo del Arbolado, el cual estará integrado por los Concejales miembros de la comisión de Ecología y Medioambiente, profesionales de la materia (ingenieros agrónomos, y/o forestales) y dos ciudadanos que acrediten idoneidad en la materia. La participación en la Comisión del Consejo del Arbolado es ad honorem y su finalidad es prestar una función colaborativa y proactiva en el cumplimiento de sus funciones”. –   

 

ARTICULO 9º – Modifíquese el art. 1 de la ordenanza 181/09 que deberá decir lo siguiente:

“En la plantación, reposición y/o renovación de árboles en la vía pública deberá respetarse como norma general el siguiente criterio:

En veredas de hasta 2m de ancho se deberán plantar: GUARAN AMARILLO, FUMO BRAVO, SEN DEL CAMPO, CRESPON, CIRUELO.

En veredas de 2 a 3m de ancho (con sistema de contención de raíces): FRESNO DORADO, ACACIO BOLA, LIGUSTRO DISCIPLINADO.

En veredas de 3 a 5 m de ancho (con sistema de contención de raíces): PEZUÑA DE VACA, TILO, CATALPA.

En veredas de más de 5m de ancho: AGUARIBAY, ACACIA VISCO, FRESNO AMERICANO, JACARANDA, PLATANO, ACACIA DE CONSTANTINOPLA.

En veredas por donde pasa la línea de luz de media o alta tensión deberán plantarse árboles que de estado adulto no sobrepasen los 10m de altura: GUARAN AMARILLO, FUMO BRAVO, SEN DEL CAMPO, CRESPON, CIRUELO DE JARDIN, y si el ancho de la vereda lo permite FRESNO DORADO, LIGUSTRO, ACACIO BOLA (considerando la posibilidad de realizar eventualmente alguna poda)”. –

 

ARTICULO 10º – Modifíquese el Artículo 2° de la ORDENANZA N°181/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“En toda reposición del Arbolado Urbano y en cualquier plan de Forestación que esta municipalidad o terceros que lleven a cabo a partir de la promulgación de esta Ordenanza, deberá tener en cuenta la siguiente normalización:

La plantación de árboles en veredas deberá realizarse en base al ancho de vereda y a la presencia de cables de media o alta tensión sobre la misma, respetando los criterios y lineamientos de la Ordenanza y el Plan Regulador vigente”. –

 

ARTICULO 11º – Queda estrictamente prohibido la utilización en el arbolado de alineación de las siguientes especies: Álamo (Populus sp., cualquiera de sus especies: piramidal, carolina, plateado, etc.), Sauce (salix sp., cualquiera de sus especies: criollo, llorón o eléctrico), Olmo (Ulmus sp.), coníferas en general (pino, cedro, ciprés, casuarina, etc.) y Rhus tiphyna. –

 

ARTICULO 12º – La normalización del arbolado urbano por calle deberá ser la siguiente:

HILARIO LAGOS

AMBAS VEREDAS (0 a 250): pezuña de vaca, tilo, catalpa, pezuña de vaca.

Avda. ANTARTIDA

VEREDA IMPAR (0 – 600):  fresno dorado, acacia bola, ligustro, guaran amarillo, fumo bravo.

VEREDA PAR (0 – 600): fresno americano, plátano, jacaranda, aguaribay.  

AVENIDA HIPÓLITO YRIGOYEN

VEREDA PAR (0 – 700): fresno dorado, acacia bola, ligustro, guaran amarillo, fumo bravo.

VEREDA IMPAR (0-700): fresno americano, plátano, jacaranda, aguaribay, acacia visco.

AVENIDA ITALIA

VEREDA IMPAR (0 -700): fresno americano, plátano, jacaranda, aguaribay, acacia visco.

VEREDA PAR (0- 700): fresno dorado, acacia bola, ligustro, guaran amarillo, fumo bravo.

CALLES SENTIDO ESTE- OESTE

AVENIDA ESPAÑA

VEREDA IMPAR

(0-200): fresno americano, jacaranda, aguaribay, acacia visco, tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(200- 250): fresno dorado, acacia bola, ligustro, guaran amarillo, fumo bravo.

(250- 1050): fresno americano, jacaranda, aguaribay, acacia visco, tilo, catalpa, pezuña de vaca.

VEREDA PAR

(0-1050): fresno americano, jacaranda, aguaribay, acacia visco, tilo, catalpa, pezuña de vaca.

ALSINA

VEREDA IMPAR

(0 – 450): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(450 – 500): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(500 – 750): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(750 – 1050: fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0- 450): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

 (450 – 1050): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

LIBERTAD

VEREDA IMPAR

(0 – 100): tilo, catalpa, fresno dorado, guaran amarillo.

(100 – 800): fresno dorado, acacia bola.

(800- 1050): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

VEREDA PAR

(0- 800): fresno dorado, acacia bola, guaran amarillo.

(800- 1050): crespón, ciruelo.

BERNARDINO ESPERANZA

AMBAS VEREDAS (0 – 1050): fresno dorado, acacia bola, guaran amarillo.

PIEDRAS

VEREDA IMPAR

(0 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo.

(100-250): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(250 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 -1050): fresno dorado, acacia bola.

VEREDA PAR

(0 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 250): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(250 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 800): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(800 – 850): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(850 – 950): fresno americano.

(950 – 1050): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

BELGRANO

VEREDA IMPAR

(0-200): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 300): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(300 – 800): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(800 – 850): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(850 – 950): fresno americano.

(950 al 1050): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 300): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 850): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(950 – 1050): tilo, catalpa.

AVENIDA MITRE

VEREDA IMPAR

(0 – 200): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(200 – 450): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(450 – 650): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(650 -750): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(750 – 850): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(850 – 950): fresno americano.

(950 – 1050): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

VEREDA PAR

(0 – 750): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(750 – 1050): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

25 DE MAYO

VEREDA IMPAR

(0 – 150): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(150 – 550): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(550 – 700): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(700 – 750): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(750 – 800): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(800 – 1050): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

VEREDA PAR

(0 -350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 700): fresno dorado, acacia bola paraíso sombrilla, ligustro, guaran amarillo.

(700 – 750): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

 (750 – 1050): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

BUENOS AIRES

AMBAS VEREDAS de (0 al 1050): tilo.

SAN PABLO

VEREDA IMPAR

(0 – 600): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(600- 750): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(750-900): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(900 – 1000): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(1000 – 1050): tilo, catalpa.

VEREDA PAR

(0 – 600): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(600 – 800): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(800 – 900): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(900 – 1050): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

MORENO

VEREDA IMPAR

(0 – 600): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(600 – 750): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(750 – 800): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(800 – 950): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(950 – 1050): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

VEREDA PAR

(0 – 650): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(650 – 750): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(750 – 800): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(800-950): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(950 – 1050): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

SAAVEDRA

VEREDA IMPAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 250): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300 – 650): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(650 – 700): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(700 – 750): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(750 – 850): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(850 – 1050): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

VEREDA PAR

(0 – 50): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(50 – 200): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(200 – 250): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300-650): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(650 – 800): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(800 – 850): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(850 – 1050): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

ARREDONDO

VEREDA IMPAR

(0-50): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(50 – 250): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(250 – 300): fresno americano.

(300 – 350): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(350 – 600): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(600 – 650): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(650 – 700): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(700 – 850): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(850 – 950): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(950 a 1050): fresno americano.

VEREDA PAR

(0 – 50): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(50 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 350): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(350 – 650): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(650 – 850): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(850 – 950): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(950 – 1050): fresno americano.

RECONQUISTA

VEREDA IMPAR

(0 – 350): fresno dorado paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(350 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(400 – 700): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 350): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(350 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(400 – 600): fresno dorado, acacia bola.

(600 – 650): fresno americano.

(650 – 700): fresno dorado paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

CAMILA ROLON

VEREDA IMPAR

(750 – 800): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(800 – 900): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(900 – 950): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(750 – 800): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(800 – 850): fresno americano.

(850 – 950): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

FRANCISCO FLORES

VEREDA IMPAR

(850 – 950): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(950 – 1000): fresno americano, plátano, jacaranda, aguaribay, acacia visco.

VEREDA PAR

(850 – 1000): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

TUPAC AMARU

AMBAS VEREDAS: crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

SERAPIA SIERRA

VEREDA PAR: desde F. Flores hasta V. Gemme: fresno dorado paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

CERRITO

VEREDA IMPAR

(50 – 200): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(200 – 300): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 600): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(50 – 150): fresno americano.

(150 – 250): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(250 – 600): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

RONDEAU

VEREDA IMPAR

(50 – 200): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(200 – 250): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(250 – 300): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300 – 550): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

VEREDA PAR

(200 – 250): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(250 – 300): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300 – 550): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

SANABRIA

VEREDA IMPAR

(200 – 300): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(300 – 450): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(200 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 450): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

BÓSCOLO

VEREDA IMPAR

(200 – 300): fresno dorado, acacia bola.

(300 – 350): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

VEREDA PAR

(200 – 350): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

25 DE ENERO

AMBAS VEREDAS (200 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

 

SENTIDO NORTE – SUR

AZCUENAGA

AMBAS VEREDAS

(0 – 300): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(300 – 350): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VIEYTES

AMBAS VEREDAS (0 – 400): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

LATRUBESSE

AMBAS VEREDAS (0 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

PUEYRREDÓN

VEREDA IMPAR

(0 – 200): tilo, catalpa, fresno dorado, pezuña de vaca.

(200 – 400): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 400): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

DOROTEO GOMEZ

AMBAS VEREDAS (0 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

PROFESOR. MONTES

VEREDA IMPAR

(0 – 150): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(150 – 250): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(250 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

ALVEAR

AMBAS VEREDAS

(0 a 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.               

(100 – 250): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

9 DE JULIO

VEREDA IMPAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 200): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 250): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(250 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

SAN MARTIN

AMBAS VEREDAS 

(0 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

LAVALLE

VEREDA IMPAR

(0 – 300): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(350 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

OLAVARRIA

AMBAS VEREDAS (0 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

SUIPACHA

AMBAS VEREDAS (0 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

RAMÓN FRANCO

VEREDA IMPAR

(0 – 50): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(50 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 200): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

VEREDA PAR

(0 – 200): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

DEFENSA

VEREDA IMPAR

(0 – 50): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(50 – 400): fresno dorado, ligustro.

VEREDA PAR

(0 – 100): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

(100 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

CASTELLI

AMBAS VEREDAS (0 – 400): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

BERUTTI

AMBAS VEREDAS 

(0 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 150): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(150 a 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

INTENDENTE LALLA

VEREDA IMPAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 400): fresno dorado, ligustro.

VEREDA PAR

(0 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 200): fresno americano.

(200 – 300: fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(300 – 400): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

 

VICE. ALTE. MONTES

AMBAS VEREDAS

(0 – 200): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 350): tilo, catalpa, pezuña de vaca.

GÜEMES

VEREDA IMPAR

(0 – 100): tilo, catalpa, fresno dorado.

(100-200): fresno americano, jacaranda.

(200 – 400): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0- 50): fresno dorado, ligustro.

(50 – 200): tilo, catalpa, fresno dorado.

(200 – 350): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

ARENALES

VEREDA IMPAR

(0 – 50): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(50 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 350): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 250): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(250 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

Avda. DARDO LAFALCE

VEREDA IMPAR (0- 400): fresno americano, plátano, jacaranda.

VEREDA PAR (0 -400): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

TRIUNVIRATO

VEREDA IMPAR

(0 – 50): fresno dorado, ligustro, Guaran amarillo.

(50 – 200): tilo, catalpa, fresno dorado.

VEREDA PAR (100 – 200): tilo, catalpa, fresno dorado.

VALENTIN VERGARA

AMBAS VEREDAS (0 – 300): tilo, catalpa, fresno dorado.

LINIERS

AMBAS VEREDAS

(0 – 50): fresno dorado, ligustro, Guaran amarillo.

(50 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 300): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

BELMARTINO

AMBAS VEREDAS

(0 – 350): tilo, catalpa, fresno dorado.

(350 – 500): plátano.

LAPRIDA

VEREDA IMPAR

(0 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 350): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(350 – 400): plátano.

VEREDA PAR

(0 – 200): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 250): fresno americano.

(250 – 500): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

LAS HERAS

VEREDA IMPAR

(0 – 100): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

           

(200 – 250): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(250 – 500): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 100): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 300): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(300 – 500): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

BALCARCE

AMBAS VEREDAS (0 – 500): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

SARMIENTO

VEREDA IMPAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 450): fresno dorado, ligustro.

VEREDA PAR (50 – 450): fresno dorado, ligustro, Guaran amarillo.

ARISTOBULO DEL VALLE

VEREDA IMPAR

(50 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 500): fresno dorado, ligustro.

VEREDA PAR

(0 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 400): fresno dorado, ligustro.

RIVADAVIA

AMBAS VEREDAS (0 – 500): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

BOLIVAR

VEREDA IMPAR

(0 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 350): fresno dorado, paraíso, sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR (0 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo

VIAMONTE

VEREDA IMPAR (0 – 350): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

VEREDA PAR

(0 – 250): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(250 – 300): fresno dorado, ligustro.

(300 -350): tilo, catalpa, fresno dorado.

AVELLANEDA

AMBAS VEREDAS (0 – 350): fresno dorado, ligustro.

MAIPU

VEREDA IMPAR (0 – 300): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 300): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

LARREA

VEREDA IMPAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 100): fresno dorado, ligustro.

(100 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 200): tilo, catalpa.

(200 – 300): fresno dorado, ligustro.

VEREDA PAR

(0– 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 100): fresno dorado, ligustro.

(100 – 200): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(200 – 300): fresno dorado, ligustro.

RODRIGUEZ PEÑA

VEREDA IMPAR (0- 250): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 50): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(50 – 100): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(100 – 200): fresno dorado, paraíso sombrilla, acacia bola, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 250): tilo, catalpa, fresno dorado.

ALBERTI

VEREDA IMPAR

(0 – 150): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(150 – 200): tilo, catalpa, fresno dorado.

(200 – 300): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 300): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

ALTE. BROWN

AMBAS VEREDAS (0 – 300): tilo, catalpa, fresno dorado, pezuña de vaca.

TACUARI

VEREDA IMPAR

(0 – 150): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(150 – 300): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(300 – 350): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR: 0 – 350: fresno dorado, ligustro, Guaran amarillo

FRENCH

VEREDA IMPAR

(0 – 200): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(200- 300): fresno americano.

VEREDA PAR

(0 – 200): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(200 – 300): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(300 – 350): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

CHICLANA

VEREDA IMPAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 100): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VEREDA PAR

(0 – 50): crespón, ciruelo, guaran amarillo, sen del campo, fumo bravo.

(50 – 100): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

VIRGINIA GEMME

VEREDA IMPAR

(0 – 100): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

(100 – 200): plátano, aguaribay, fresno americano, acacia visco, tipa.

VEREDA PAR

(0 – 50): fresno americano, jacaranda.

(50 – 300): fresno dorado, ligustro, guaran amarillo.

 

ARTICULO 13º – Para aquellas calles que no se encuentren especificadas en la presente Ordenanza deberá regir el criterio determinado en el ARTICULO 9º de la presente Ordenanza. –

 

ARTICULO 14° – La presente Ordenanza reemplaza la denominada Dirección de Parques y Jardines por la Dirección de Espacios Públicos y/o en la que en un futuro le reemplace conforme al escalafón municipal. –

 

ARTICULO 15º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese. –

 ENTRADA Ingresado como Asuntos Entrados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de noviembre de 2024 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Ecología y Medio Ambiente. –

 SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 09 de abril de 2025. Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 11 de abril