. . .VISTO
El Expediente Nº 095-E-2025 iniciado por Mensaje Nº 080/2025 del Departamento Ejecutivo; y
. . .CONSIDERANDO
QUE por el mismo la Sra. Savoia Amalia Magdalena solicita conexión a la red de efluentes cloacales en el inmueble ubicado sito en calle Ricardo Belmartino N° 134 entre N. Marchessi y A. Rebagliatti de nuestra ciudad, acompañando documentación inherente al trámite en cuestión a fs. 2/8;
QUE la Dirección de Servicios Sanitarios y Desagües Pluviales informa que para la conexión solicitada es necesario una ampliación de la misma con una extensión total de veinte 20 (mts.) aproximadamente por calle Belmartino, vereda Noreste hasta final de red. Debido a la envergadura de la obra, la Dirección precitada carece de equipamiento y personal necesario para efectuar la misma. Asimismo, agrega que la dirección técnica e inspección de obra será responsabilidad de la mencionada Dirección;
QUE la ejecución de la obra en cuestión debe realizarse bajo la modalidad de “consorcio” respetándose lo establecido por la Ordenanza Impositiva vigente. Dicha modalidad consiste en que los frentistas se comprometen a adquirir la totalidad de los materiales y a reparar los daños que pudiera ocasionar dicha obra en veredas y pavimientos;
QUE dicha modalidad no supone erogación a esta Municipalidad y culminada la obra la misma pasará a ser automáticamente propiedad pública;
QUE se adjunta la nota por la cual la solicitante se compromete a la adquisición de la totalidad de los materiales necesarios y a la reparación de veredas y/o pavimento en caso que corresponda y nómina de conformación de consorcio;
QUE la Dirección de Asuntos Legales determina que se estaría en condiciones de acceder a efectuar la ampliación de la red de efluentes cloacales;
QUE corresponde a este Honorable Cuerpo autorizar el uso del espacio público;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º – Autorizase a la Sra. Savoia Amalia Magdalena D.N.I N° 6.200.986 al uso del espacio público para la realización de la obra de ampliación de la red cloacal en el inmueble identificado catastralmente como CIRC. II- SECC. A- CH. 13- PAR. 7K (calle Belmartino N° 134 entre N. Marchessi y A. Rebagliatti) de la ciudad de Salto. –
ARTÍCULO 2º – La Obra será ejecutada por Consorcio de Vecinos, Artículo 132º Inciso c) del Decreto Ley Nº 6769/58 y modificatorias. –
ARTÍCULO 3º – Las reparaciones por roturas de veredas correrán por cuenta de dicho Consorcio. –
ARTÍCULO 4º – La ocupación del espacio público subterráneo quedará sometida a la normativa de las Ordenanzas Nº 159/85 y N° 297/18- Plan de Ordenamiento Urbano Territorial. –
ARTÍCULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro oficial y Digesto, cumplido, archívese. –
ENTRADA Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 08 de julio de 2025 como Asuntos Entrados y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Obras Públicas. –
SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 23 de julio de 2025. Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de julio de 2025.-