…VISTO
El Expediente Nº 204-E-2026 iniciado por Mensaje Nº 177/25 del Departamento Ejecutivo; y
…CONSIDERANDO
QUE en octubre del año 2014 se celebró el consorcio urbanístico entre la Sra. Alicia Matilde Pedernera y el Sr. Juan Alberto Pedernera y la Municipalidad de Salto, el cual fue aprobado por la Ordenanza N° 226/2014 y la Resolución N° 602/2015, suscripto en el marco de la Ley N° 14.449;
QUE a fs. 2/16 se acompaña el consorcio urbanístico entre la Municipalidad de Salto y la familia Pedernera, Resolución N° 602/2015, adendas modificatorias al consorcio urbanístico y sus correspondientes anexos;
QUE en el año 2022 la familia Pedernera a través de una Nota solicita compensación por los trabajos pendientes comprometidos por la Municipalidad de Salto. En este sentido, requieren que se extienda el compromiso del municipio de afectar recursos que se generen en razón de la venta de su primer lote, para ser destinados al pago de las deudas impositivas frente ARBA que se les ha intimado a regularizar desde la escrituración traslativa de dominio efectuada en el año 2019 y hasta el mes de diciembre del año 2022, siendo el monto informado a pagar de pesos un millón cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta con setenta centavos ($1.448.340,70). Se acompaña copia de registro de deuda con ARBA;
QUE a fs. 20 la Dirección de Asuntos Legales estima que debería tomar intervención la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos a fin de que se informe qué tareas se encuentran cumplidas por la comuna y qué tareas se encuentran pendientes de ejecución de acuerdo a las obligaciones asumidas por la cláusula 3° del consorcio urbanístico, y asimismo, cuál es el plan de trabajo previsto para concretar la totalidad de las tareas necesarias para que los lotes surgidos del mencionado consorcio posean la totalidad de los servicios e infraestructura básica. Por otro lado, que corresponde informar si las partidas inmobiliarias N° 067-021606-3 y N° 067-021574-1 pertenecen a los lotes previstos para equipamiento comunitario y para parque Eufemio Pedernera y, en razón de ser así, deberían realizarse las gestiones pertinentes ante ARBA para registrar como contribuyente eximido de pago a la Municipalidad de Salto como adjudicatario de dichos espacios y retirar dicha contribución del pago a cargo de los propietarios;
QUE a fs. 22 en el mes de marzo de 2024, la familia Pedernera intima a la Municipalidad de Salto a que asuma la deuda impositiva generada por ARBA y demás tasas municipales respecto de los lotes y estime e informe el tiempo estimado para culminar con las obras restantes a realizar, todo ello bajo apercibimiento de realizar las acciones legales que pudieran corresponder;
QUE la Dirección de Asuntos Legales estima que debería tomar intervención la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos e informe qué tareas se encuentran cumplidas por la comuna, qué tareas se encuentran pendientes de ejecución de acuerdo a las obligaciones asumidas, y cuál es el plan de trabajo previsto para concretar la totalidad de las tareas. Asimismo, informe de acuerdo a lo comunicado por el Departamento de Catastro si se han iniciado las gestiones ante ARBA para registrar como contribuyente eximido de pago a la Municipalidad de Salto en relación a los lotes previstos para espacios públicos y retirar dicha contribución del pago a cargo de los reclamantes. En cuanto a la intimación, indica que debería evaluarse su autorización por parte del H.C.D mediante la sanción de la ordenanza pertinente;
QUE la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, de acuerdo a lo solicitado, indica las obras que se ejecutaron, las que están en proceso, como así también hace saber que se han realizado las gestiones con los gobiernos nacionales de turno para obtener el financiamiento necesario y culminar con las obras que se encuentran en ejecución. De dichas gestiones no obtuvieron respuesta favorable. En virtud de ello, sugiere el pase de las presentes a las áreas correspondientes para dar formación a las actuaciones correspondientes a la eximición de las tasas municipales como así también la subrogación que tiene la familia Pedernera respecto de las deudas con ARBA.
QUE el Departamento de Rentas solicita el pase a Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos a fin de que se informe correctamente la cantidad de lotes afectados ya que según el informe de consorcio urbanístico se detallan 65 lotes y según informe del Departamento de Catastro se detallan 64 lotes, no coincidiendo con los registros de Rentas en el cual surgen 66 lotes a nombre de la familia solicitante;
QUE la precitada Secretaría indica que los lotes faltantes en el informe obrante a fs. 25 se identifican con las partidas 067-021660-8 y 067-021661-6;
QUE a fs. 33/103 el Departamento de Rentas toma intervención nuevamente y adjunta informe de deuda de las 66 partidas en cuestión resultando el control N° 14.075/9 libre deuda encontrándose ya escriturado a nombre de Meli Marcelo H. y Otra, habiendo abonado la totalidad de la deuda total. Asimismo, acompaña detalle de pagos efectuados conforme control N° 14.122/6 (Croci Sofía) y N° 14.121/9 (Sosa Luciana);
QUE la Dirección de Asuntos Legales indica que, no obstante la liquidación que se viene efectuando de las tasas municipales que se tramita su eximición por parte del presente Expediente, varios de los servicios en cuestión aún no cuentan con plena operatividad y conclusión de sus obras de puesta en funcionamiento, por lo tanto, a los fines de evitar mayores perjuicios y gastos en reconocimiento de la demora de la conclusión de la totalidad de las obras de infraestructura básica comprometidas en el marco del consorcio urbanístico, se estima conducente acceder a la eximición objeto de estos actuados desde su generación inicial y hasta la fecha de recepción definitiva de la obra denominada “infraestructura básica para lotes en la ciudad de Salto- red de agua potable y red de cloacas” que tramita por llamado de licitación pública N°01/2025. Asimismo, se pone de manifiesto que corresponde dar tratamiento a la cuestión planteada oportunamente por parte del H.C.D;
QUE a fs. 109 en el marco del Artículo 45° del Reglamento Interno del H.C.D se solicita la actualización de las deudas de tasas municipales a fin de dar continuidad al presente Expediente;
QUE a fs. 11/178 el Departamento de Rentas adjunta informe de las 66 partidas en cuestión y certificados de libre deuda;
…POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º – CONDÓNESE la deuda devengada en concepto de las Tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Servicios Sanitarios a nombre de la familia Pedernera de los inmuebles de su propiedad, identificados catastralmente como:
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 1
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 2
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 3
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 4
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 7
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 8
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 9
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 10
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 11
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 12
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 13
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 14
CIRC V- SEC Z- MZA 1B- PAR 15
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 1
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 2
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 3
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 4
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 5
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 6
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 7
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 8
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 9
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 10
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 11
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 12
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 13
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 14
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 15
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 16
CIRC V- SEC Z- MZA 1C- PAR 17
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 5
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 6
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 7
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 8
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 9
CIRC V- SEC Z- MZA 1K-PAR 10
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 11
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 12
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 13
CIRC V- SEC Z- MZA 1K- PAR 16
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 1
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 2
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 3
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 4
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 5
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 6
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 7
CIR V- SEC Z- MZA 1G- PAR 8
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 9
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 11
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 12
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 13
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 14
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 15
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 17
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 18
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 20
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 21
CIRC V- SEC Z- MZA 1G-PAR 22
CIRC V- SEC Z- MZA 1G- PAR 16
Todas ellas comprendidas hasta la fecha de promulgación de la presente Ordenanza. –
ARTÍCULO 2°– EXÍMASE del pago de las Tasas de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Servicios Sanitarios correspondientes al Ejercicio Fiscal 2026 a los inmuebles mencionados en el Artículo 1° manteniéndose dicho beneficio hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive. –
ARTÍCULO 3º – El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes, arbitrará los medios necesarios para la efectiva instrumentación de la condonación y eximición dispuestas por la presente. –
ARTÍCULO 4° – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese. –
ENTRADA Ingresado como Asuntos Entrados Fuera del Orden del Día en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de diciembre de 2025 y girado a las comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas. –
SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la MAYORÍA del Honorable Cuerpo por ONCE (11) votos por la AFIRMATIVA (Sres. Concejales Inés Bailo, Miguel Chavero, Guido Fossati, Liliana Herrera, Ana Belingueres, Ana Patriarca, Hugo Malandra, Karina Fimia, Guillermo Cilia, Ariel Guthux, Constanza Monaldi) y CINCO (05) votos por la NEGATIVA (Sres. Concejales Cintia Franco, Bernabé Fiorincino Couttulenc, Analía Pérez, Francisco Pérez González, Iván Pérez Morelli) en Sesión Ordinaria de fecha 22 de abril de 2026.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 24 de abril de 2026.-