…VISTO

El Expediente Nº 026-E-2011 iniciado por Mensaje Nº 028/11 del Departamento Ejecutivo; y

 

…CONSIDERANDO

QUE mediante Ordenanza N° 075/2022 se autorizó al Departamento Ejecutivo a transferir a título de donación el inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como CIRC I- SECC B- MZA 67- PAR 8 de nuestra ciudad a favor de María Cecilia Herrera y de Marcelo Oscar Herrera;

QUE a fs. 62 se adjunta cédula municipal notificando a los Sres. Herrera que el Jefe de Departamento de Entradas y Despacho de Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires informa que las escrituras de donación mencionadas han sido anuladas por no presentarse los interesados al acto de firma programado. En consecuencia, para dar continuidad a las gestiones deberán presentar notas comprometiéndose a asistir a un nuevo acto de suscripción de firma y/o presentarse personalmente a la Dirección de Asuntos Legales a los fines de concretar los trámites pertinentes;

QUE se acompañan actas de Comparecimiento de los Sres. Herrera quienes expresan que no han recibido notificación alguna para asistir al acto de firma de escrituras de fecha 20/10/2022 por lo cual no han firmado la escritura gestionada por ante Escribanía General de Gobierno provincial, por lo que manifiestan en los actos el compromiso y responsabilidad de presentarse personalmente en un nuevo acto de suscripción de escrituras que se programe con el objeto de culminar con el trámite iniciado;

QUE la Dirección de Asuntos Legales, atento a lo actuado, remite nuevamente las actuaciones a Escribanía General de Gobierno a los fines de continuar con los trámites pertinentes;

QUE la Escribanía mencionada informa que los solicitantes no se presentaron a un nuevo acto público de firma de escritura de fecha 22/04/2024, por lo cual la Dirección de Asuntos Legales procede a citar nuevamente mediante cédula municipal a los interesados con el fin de renovar el compromiso de responsabilidad de presentarse en el próximo acto público. La Sra. Herrera mediante acta de Comparecimiento informa que, habiéndose presentado al acto de firma de escrituras de fecha 22/04/2024, el Sr. Herrera, cotitular, le manifiesta no poder asistir al mismo por lo cual no se pudo formalizar la firma de la escritura. La Sra. Herrera renueva su compromiso y responsabilidad de presentarse personalmente junto a su hermano en un nuevo acto de suscripción de escrituras;

QUE mediante edicto municipal se cita y emplaza al Sr. Herrera a presentar una nota comprometiéndose a asistir a un nuevo acto de suscripción de formar y/o presentarse personalmente a los fines de concretar en la Dirección de Asuntos Legales. El interesado no se presenta por lo cual la Dirección procede a paralizar el Expediente en trámite hasta tanto el Sr. Herrera esté a lo requerido;

QUE a fs. 82 mediante nota la Sra. María Cecilia Herrera solicita la desparalización del Expediente en virtud del fallecimiento de su hermano el Sr. Marcelo Oscar Herrera, acompañando el correspondiente certificado de defunción y requiriendo escriturar a su favor el inmueble sobre el que tratan las actuaciones. Asimismo, acompaña formulario N° 3 y N° 4 y cédula de notificación de la sentencia de su divorcio;

QUE la Dirección de Asuntos Legales considera que correspondería hacer lugar a lo solicitado por la Sra. Herrera debiendo modificarse la Ordenanza N° 075/2022 autorizándose a transferir a título de donación el inmueble solo a su favor atento al fallecimiento de su hermano. Asimismo, estima que cabría elevar las actuaciones de marras al H.C.D conforme a las atribuciones exclusivas en la materia;

QUE a fs. 90/100 la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos rectifica lo informado a fs. 13 y hace saber que el inmueble identificado catastralmente como CIRC I- SECC B- MZA 67- PAR 8 según informe de dominio se encuentra bajo la titularidad de la municipalidad de Salto. Asimismo, se constató in situ y se encuentra en condiciones técnicas de ser transferido, adjuntando informe de dominio actualizado, valuación fiscal y plancheta actualizada;

QUE a fs. 102/111 la Dirección de Desarrollo Social acompaña encuesta socioeconómica, copia de D.N.I, certificado de discapacidad, certificación negativa de ANSES y acreditación de recibo de cobro de la Sra. Herrera;

QUE este Cuerpo Deliberativo considera propicio, a fin de resolver la problemática planteada, proceder a la derogación de la Ordenanza Nº 075/2022 y de forma paralela sancionar una nueva normativa que permita a la solicitante avanzar con la tramitación de la escritura ante la E.G.G de la Provincia de Buenos Aires;

 

…POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º – Deróguese la Ordenanza N° 075/2022.-

ARTÍCULO 2° – Autorizase al Departamento Ejecutivo a transferir a título de donación el inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como CIRC I- SECC B- MZA 67- PAR 8 a favor de María Cecilia Herrera, D.N.I N° 14.457.341.-

ARTÍCULO 3º – Autorizase la escrituración del inmueble mencionado en el Artículo 1° a favor de María Cecilia Herrera, D.N.I N° 14.457.341.-

ARTÍCULO 4° – Declarase de interés social la escrituración del inmueble mencionado en el artículo precedente, la que se llevará a cabo a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. –

ARTÍCULO 5º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese. –

ENTRADA Reingresa como Asuntos Entrados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de noviembre de 2025 y girado a la comisión especial de Regularización Dominial. –

SALIDA El proyecto fue aprobado en general y en particular por la UNANIMIDAD del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 27 de junio de 2026.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 29 de junio de 2026.-