…VISTO

El expediente  106-E-2.009 por medio del cual se propicia la adhesión a la Ley N° 13976, y

 

…CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto Nacional N° 206/09 se crea el FONDO FEDERAL SOLIDARIO, destinado a financiar en las Provincias y los Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos y rurales;

Que el mencionado Fondo se integrará con el treinta por ciento (30 %) de lo que se recaude por los derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados, estableciéndose la distribución entre las provincias que se adhieran.

Que mediante Decreto 440/09 la provincia de Buenos Aires, adhirió al Decreto Nacional 206/09, creando el FONDO SOLIDARIO PROVINCIAL, y estipulando que los recursos que ingresen se mantendrán indisponibles hasta tanto la Honorable Legislatura Provincial establezca el criterio de distribución de los mismos;

Que el Sr. Intendente Municipal firmó en el mes de abril un convenio con el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, a través del cual adhirió al Decreto Provincial N° 440/09, comprometiéndose a sancionar las normas necesarias para la implementación del mismo.

Que la provincia de Buenos Aires, a través de la Ley N° 13.976, adhirió al Decreto 206/09, fijando que el treinta por ciento (30 %) de dicho Fondo será distribuido entre los municipios en forma automática, según las pautas establecidas en la Ley N° 10559 y modificatorias;

Que es exigencia de la mencionada Ley la adhesión de los municipios, asumiendo el compromiso de destinar los fondos recibidos de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° del Decreto Nacional N° 206/09;

 

…POR ELLO

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1. Convalídase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Salto y la Provincia de Buenos Aires, representadas por el Sr. Intendente Dr. Victorio Carlos Migliaro y el Sr. Gobernador Daniel Osvaldo Scioli respectivamente, por medio del cual el Municipio adhiere al Decreto Provincial 440/09 creador del “Fondo Solidario Provincial”, el que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.

 

ARTICULO 2. Adhiérase la Municipalidad de SALTO a la Ley 13.976, mediante la cual la Provincia adhiere al Decreto Nacional 206/09 -Fondo Federal Solidario-. Los fondos que se reciban serán destinados de acuerdo a las finalidades establecidas en el artículo 1° del Decreto Nacional N° 206/09. El Departamento Ejecutivo dictará todas las medidas necesarias que permitan dar cumplimiento a lo allí dispuesto.

 

ARTÍCULO 3. Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a la Subsecretaría de Política y Coordinación Económica del Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires, Regístrese, Publíquese y Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintitrés días del mes de Julio del año 2009.-

ENTRADA. En Sesión Ordinaria de fecha 08 de Julio del año 2009.-

 

SALIDA. En Sesión Ordinaria de fecha 23 de Julio del año 2009.- El  Proyecto de las comisiones fue aprobado en general por la unanimidad del del Honorable Cuerpo Legislativo y en particular el proyecto fue aprobado por mayoría (7 votos por la afirmativa – Bloque Justicialista y Frente para la Victoria y 6 votos por la negativa Bloque ARI-CC y Daniel A. Spadone) .-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 24 de Julio del año 2009.-

 

 

 

 

 


Expediente 106-E-2009
Ordenanza 085/2009