. . .VISTO

El Expediente Nº 279-E-2008 reingresado a este Cuerpo Deliberativo mediante mensaje Nº 189/09 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se comenzaron las actuaciones para la firma de un Contrato de Comodato Gratuito entre la Municipalidad de Salto y la Sociedad Italiana “Umberto Primo”;

QUE la firma del mencionado Contrato Comodato quedó sujeta a la tramitación de un subsidio de $ 500.000 por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, ante la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, para la realización de la obra denominada “Restauración y Puesta en Valor del Teatro Roma”, en el marco del “Programa de Mejoramiento Habitacional e Infraestructura Básica II” (PROMHIB II);

QUE la Municipalidad de Salto firmó con la Subsecretaría nacional mencionada precedentemente, un Convenio Único de Colaboración y Transferencia obrante a fojas 90 a 101, ratificado por Resolución Nº 1487  del Secretario de Obras Públicas, obrante a fojas 106 a 122, del Expediente Nº 279-E-2008, por el que se otorga a la Municipalidad de Salto un aporte no reintegrable de $ 500.000, pagaderos en dos cuotas de $ 250.000 cada una;

QUE el Director de Presupuesto de la Municipalidad de salto informa a fojas 163 que el primer aporte de $ 250.000 fue registrado por la tesorería Municipal con fecha 17 de septiembre de 2009;

QUE es necesario llamar a Licitación Pública para el comienzo de las obras de restauración del teatro;

QUE se eleva a fojas 123 a 161 el Pliego de Bases y Condiciones, solicitando el Departamento Ejecutivo se apruebe el mismo y se autorice al llamado;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – CONVALIDASE el CONVENIO UNICO DE COLABORACION Y TRANSFERENCIA firmado entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO y la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, obrante a fojas 90 a 101 y ratificado por resolución Nº 1487 a fojas 106 a 122, del Expediente Nº 4099-24.948/08 – 279-E-2008, en el marco del “PROGRAMA DE MEJORAMIENTO HABITACIONAL E INFRAESTRUCTURA BASICA II (PROMHIB II), para el otorgamiento de un aporte no reintegrable de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) con destino a la obra “RESTAURACION Y PUESTA EN VALOR DEL TEATRO ROMA” de la Sociedad Italiana “Umberto Primo” de la Ciudad de Salto.

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los tres días del mes de diciembre del año dos mil nueve.-

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Reingresado en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Noviembre de 2009 y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 03 de Diciembre de 2009.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 04 de Diciembre de 2009.-.

 


Expediente 279-E-2008
Ordenanza 178/2009